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Apoyo del DHS a la aplicación de las leyes laborales y de empleo

El Departamento de Seguridad Nacional de los EE. UU. desempeña una parte importante para garantizar que los lugares de trabajo de nuestra nación cumplan con nuestras leyes al apoyar a las agencias laborales y de empleo federales, estatales y locales para que cumplan su importante labor de hacer cumplir las protecciones salariales, la seguridad en el lugar de trabajo, los derechos laborales y otras leyes y estándares. Ver el 12 de octubre de 2021, Declaración de política del DHS 065-06, “Cumplimiento del lugar de trabajo: la estrategia para proteger el mercado laboral estadounidense, las condiciones del lugar de trabajo estadounidense y la dignidad del individuo”.

Los trabajadores a veces tienen miedo de denunciar violaciones de la ley por parte de empleadores explotadores o de cooperar en investigaciones de normas laborales y de empleo porque temen ser expulsados u otras represalias relacionadas con la inmigración debido a denuncias de un empleador abusivo.  La práctica del DHS de ofrecer protección discrecionalcaso por caso a las víctimas que carecen de autorización de empleo puede aumentar directamente la capacidad de las agencias laborales y de empleo para investigar más a fondo las infracciones en el lugar de trabajo y apoyarlas en el cumplimiento de su misión y responsabilizar a los empleadores abusivos, lo que protege a todos los trabajadores de EE. UU. Los cambios en el proceso anunciados hoy agilizaran el ejercicio de la autoridad existente del DHS para otorgar dicha protección.

Múltiples mecanismos en nuestras leyes de inmigración pueden proporcionar autorización de empleo a los trabajadores no-ciudadanos y protegerlos de la deportación, incluido el alivio discrecional como la acción diferida o el permiso de permanencia temporal y otras formas de alivio como las visas de no inmigrante T y U. También hay circunstancias en las que una agencia laboral o de empleo puede solicitar el procesamiento acelerado de la solicitud, petición o solicitud pendiente de un trabajador.

A. Solicitudes Iniciales de Acción Diferida:

Las agencias laborales y de empleo pueden buscar el apoyo del DHS en una investigación en curso o una acción de cumplimiento proporcionando a los trabajadores una Declaración de Interés que debe incluirse como parte de la solicitud de acción diferida del trabajador. La Declaración de Interés debe:

  • Estar dirigida al Departamento de Seguridad Nacional;
  • Detallar la naturaleza de la investigación o acción de cumplimiento de la agencia laboral o de empleo y la necesidad de apoyo del DHS;
  • Describir los intereses de aplicación de la ley de la agencia que proporcionan la base para su solicitud;
  • Describir el lugar de trabajo y los trabajadores que pueden ser útiles con la investigación de la agencia o la acción de cumplimiento; y
  • Proporcionar un punto de contacto de la agencia que pueda responder a las preguntas de seguimiento del DHS.

Las agencias laborales deben presentar una copia de cortesía de cualquier Declaración de Interés a laborenforcement@dhs.gov. Después de proporcionar una copia de cortesía de la Declaración de Interés al DHS, las agencias laborales pueden proporcionar a los trabajadores esta Declaración de Interés, que debe incluirse con la posible solicitud del trabajador al DHS para la acción diferida.

Se recomienda a las agencias laborales que presenten una Declaración de Interés por primera vez o que tengan preguntas sobre el proceso que busquen asistencia técnica antes de presentarla. Para solicitar dicha asistencia, póngase en contacto con laborenforcement@dhs.gov.

B. Solicitudes Posteriores de Acción Diferida:

Un no-ciudadano al que se le otorgue acción diferida basada en interés de una agencia laboral puede solicitar un período posterior de acción diferida por dos años adicionales cuando continúe habiendo una necesidad continua de la agencia laboral. Las solicitudes posteriores deben ir acompañadas de una Declaración de interés actualizada de la agencia laboral que explique la necesidad continua de que los trabajadores ayuden en su investigación o enjuiciamiento, o en el cumplimiento de cualquier orden judicial o acuerdo de conciliación. La Declaración de Interés actualizada debe incluir los detalles requeridos enumerados anteriormente, y también describir el alcance de los trabajadores que necesitan protección continua en función de la postura procesal de la investigación, el enjuiciamiento o las acciones de cumplimiento de la agencia laboral.

Las agencias laborales deben presentar una copia de cortesía de cualquier Declaración de Interés actualizada a laborenforcement@dhs.gov. Después de proporcionar una copia de cortesía de cualquier Declaración de Interés al DHS, las agencias laborales pueden proporcionar a los trabajadores esta Declaración de Interés, que debe incluirse con la solicitud prospectiva y posterior del trabajador al DHS para la acción diferida.

C. Solicitudes Aceleradas de Beneficios de Inmigracion:

Además, las agencias laborales pueden solicitar el procesamiento acelerado de alguna solicitud de beneficios de inmigración que este pendiente de no-ciudadanos, como una solicitud de cambio o ajuste de estatus. Dichas solicitudes deben ser hechas por un funcionario de alto nivel de la agencia. Si la solicitud se relaciona con la autorización de empleo, la solicitud debe demostrar que la necesidad de que una persona esté autorizada para el empleo es crítica para la misión y va más allá de la necesidad general de retener a un trabajador o persona en particular. Los ejemplos incluyen, pero no se limitan a, una víctima o testigo no-ciudadano que coopera con una agencia federal, estatal o local que necesita autorización de empleo porque la agencia respectiva está buscando el pago retroactivo o la reincorporación en una acción de cumplimiento u otro procedimiento judicial.

SOLICITUDES DE ACCIÓN DIFERIDA Paso 1: El trabajador denuncia la infracción a la Agencia Laboral. Paso 2: La Agencia Laboral presenta una copia de cortesía de la Declaración de Interés al DHS antes de proporcionar la Declaración de Interés al trabajador. Paso 3: El trabajador recibe la Declaración de Interés de la Agencia Laboral. Paso 4: El trabajador solicita Acción Diferida y Autorización de Empleo del DHS. Paso 5: Después de la presentación, el trabajador recibe el Formulario G-325A y el Formulario I-765 y el aviso de cita biométrica. Las presentaciones que NO cumplan con los requisitos serán rechazadas. Paso 6: El trabajador asiste a la cita biométrica. Paso 7: Se considera la solicitud de Acción Diferida.
Solicitudes de acción diferida para trabajadores en apoyo de investigaciones de agencias laborales | View Original

Solicitudes De Acción Diferida Para Trabajadores En Apoyo De Investigaciones De Agencias Laborales | Click here for the full size infographic in English

La acción diferida es una forma de discreción procesal para diferir la acción de deportación contra un no-ciudadano por un cierto período de tiempo. Aunque la acción diferida no confiere estatus legal ni excusa ningún período pasado o futuro de presencia ilegal, un no-ciudadano al que se le otorga la acción diferida se considera legalmente presente en los Estados Unidos para ciertos propósitos limitados mientras la acción diferida esté vigente. DHS puede dar por terminada la acción diferida en cualquier momento, a su discreción. Bajo las regulaciones existentes, un no-ciudadano al que se le otorgue acción diferida puede solicitar y obtener autorización de empleo para el período de acción diferida si demuestra "una necesidad económica para el empleo".

Los trabajadores no-ciudadanos que se encuentran dentro del alcance de una investigación de la agencia laboral pueden presentar sus solicitudes de acción diferida a USCIS a través de un punto de admisión central establecido específicamente para manejar las solicitudes de acción diferida relacionadas con los esfuerzos de investigación de la agencia laboral. USCIS enviará al Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (ICE, por sus siglas en inglés) cualquier solicitud de acción diferida de no-ciudadanos que estén en proceso de deportación o tengan una orden final de deportación, para que ICE pueda considerar la solicitud de acción diferida.

Al igual que con cualquier solicitud de acción diferida, el DHS revisará las solicitudes basadas en una investigación de la agencia laboral caso por caso. DHS revisará todos los factores positivos y negativos al considerar si debe ejercer discreción para otorgar acción diferida.

Solicitudes iniciales:

Para solicitar la acción diferida bajo este proceso de admisión centralizado, los solicitantes que no son ciudadanos deben presentar lo siguiente:

  • Una solicitud por escrito firmada por el no-ciudadano que indique la base de la solicitud de acción diferida;
  • Una Declaración de Interés de una agencia laboral o de empleo dirigida al DHS que respalde la solicitud;
  • Evidencia para establecer que el no-ciudadano se encuentra dentro del alcance de los trabajadores especificados en la Declaración de Interés, como W-2, talones de pago, tarjetas de tiempo y/u otra evidencia documental, como una declaración jurada firmada para demostrar que el no-ciudadano estuvo empleado durante el período identificado en la declaración laboral o de la agencia de empleo;
  • Evidencia de cualquier factor adicional que respalde un ejercicio favorable de la discreción;
  • Prueba de identidad y nacionalidad del no-ciudadano;
  • Si corresponde, cualquier documento utilizado para ingresar legalmente a los Estados Unidos u otra evidencia relacionada con el historial o estatus migratorio del no-ciudadano;
  • Formulario G-325A, Información Biográfica (para Acción Diferida);
  • Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, con la tarifa correspondiente o solicitud de exención de tarifas; y
  • Formulario I-765WS, Hoja de Trabajo

Los abogados que presentan solicitudes de acción diferida para múltiples no-ciudadanos deben presentar cada solicitud individual en su propio sobre.

Si no puede pagar la tarifa de presentación del Formulario I-765, debe presentar el Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas. Hay información adicional disponible en la página de exención de cuotas. Envíe todos estos materiales a:

USCIS
Attn: Deferred Action – Labor Investigations
10 Application Way
Montclair, CA 91763-1350

Solicitudes subsecuentes:

Para presentar una solicitud subsecuente de acción diferida por un período adicional de dos años bajo este proceso de admisión centralizado, los solicitantes no-ciudadanos deben presentar lo siguiente:

  • Una solicitud por escrito firmada por el no-ciudadano que indique la base de la solicitud de acción diferida, incluida la necesidad continua de la agencia laboral o de empleo;
  • Una Declaración de Interés actualizada de una agencia laboral o de empleo dirigida al DHS que respalde la solicitud;
  • Evidencia para establecer que el no-ciudadano cae dentro del alcance identificado en la Declaración de Interés, como W-2, talones de pago, tarjetas de tiempo y/u otra evidencia documental, como una declaración jurada firmada para demostrar que el no-ciudadano estuvo empleado durante el período especificado en la declaración laboral o de la agencia de empleo;
  • Evidencia de cualquier factor adicional que respalde un ejercicio favorable de discreción, que puede incluir evidencia de la participación pasada del no-ciudadano o su voluntad de participar activamente en la investigación de la agencia laboral
  • Prueba de identidad y nacionalidad del no-ciudadano;
  • Si corresponde, cualquier documento utilizado para ingresar legalmente a los Estados Unidos u otra evidencia relacionada con el historial o estatus migratorio del no-ciudadano;
  • Formulario G-325A, Información Biográfica (para Acción Diferida);
  • Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, con la tarifa correspondiente o solicitud de exención de tarifas; y
  • Formulario I-765WS, Hoja de Trabajo.

Si no puede pagar la tarifa de presentación del Formulario I-765, debe presentar el Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas. Hay información adicional disponible en la página de exención de cuotas. Envíe todos estos materiales a

USCIS
Attn: Deferred Action – Labor Investigations
10 Application Way
Montclair, CA 91763-1350

Documentos de Autorización de Empleo de Reemplazo:

Para solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD) de reemplazo, envíe el Formulario I-765 a:

Servicio Postal de EE. UU. (USPS) de USCIS Chicago:

USCIS
Attn: AOS
P.O. Box 805887
Chicago, IL 60680

Entregas de FedEx, UPS y DHL:

USCIS
Attn: AOS (Box 805887)
131 S. Dearborn St., 3rd Floor
Chicago, IL 60603-5517

1. ¿Qué es la acción diferida?

La acción diferida es una forma de discreción procesal para diferir la acción de remoción (deportación) contra un no-ciudadano por un cierto período de tiempo. Aunque la acción diferida no confiere estatus legal ni excusa ningún período pasado o futuro de presencia ilegal, un no-ciudadano al que se le otorga la acción diferida se considera legalmente presente en los Estados Unidos para ciertos propósitos limitados, mientras la acción diferida esté vigente. Si se le concede la acción diferida, un no-ciudadano puede ser elegible para una autorización de empleo. DHS puede dar por terminada la acción diferida en cualquier momento, a su discreción..

2. ¿El DHS ya ha otorgado acción diferida a los no-ciudadanos que participan en investigaciones de agencias laborales?

Sí. El DHS otorga la acción diferida a los trabajadores no-ciudadanos caso por caso a su discreción.

3. ¿Cómo funciona el proceso centralizado de acción diferida?

Un no-ciudadano que solicita acción diferida basada en una investigación o necesidad de una agencia laboral presenta una solicitud por escrito de acción diferida presentando:

  • Una solicitud de acción diferida firmada por el no-ciudadano que describa la base de su solicitud de acción diferida
  • Una Declaración de Interés de una agencia laboral o de empleo dirigida al DHS que respalde la solicitud;
  • Evidencia para establecer que el trabajador se encuentra dentro de la categoría de trabajadores identificados en la Declaración de Interés, como W-2, talones de pago, tarjetas de tiempo y/u otra evidencia documental, como una declaración jurada firmada para demostrar que el trabajador estuvo empleado durante el período especificado en la declaración laboral o de la agencia de empleo;
  • Evidencia de cualquier factor adicional que respalde un ejercicio favorable de la discreción;
  • Prueba de identidad y nacionalidad del no-ciudadano;
  • Si corresponde, cualquier documento utilizado para ingresar legalmente a los EE. UU. o otra evidencia relacionada con el historial o estatus migratorio del no-ciudadano;
  • Formulario G-325A, Información Biográfica (para Acción Diferida);
  • Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, con la tarifa no reembolsable correspondiente;
  • Formulario I-765WS, Hoja de Trabajo; y
  • Formulario G-28, Aviso de Comparecencia como Abogado o Representante Acreditado, si corresponde.

El no-ciudadano presentará esta solicitud a un punto central de admisión en USCIS establecido específicamente para apoyar los esfuerzos de investigación y cumplimiento de la agencia laboral. Los abogados que presentan solicitudes de acción diferida para múltiples no-ciudadanos deben presentar cada solicitud individual en su propio sobre.

USCIS referirá a ICE cualquier solicitud de acción diferida que caiga dentro de la autoridad de ICE, incluidas las solicitudes presentadas por no-ciudadanos que están en proceso de deportación o tienen una orden final de deportación.  

Al igual que con cualquier solicitud de acción diferida, el DHS revisará las solicitudes de no-ciudadanos en función de una investigación o necesidad de la agencia laboral caso por caso. DHS revisará todos los factores positivos y negativos presentes en el caso del solicitante al considerar si debe ejercer discreción para otorgar la acción diferida.

No-ciudadanos que está participando o involucrado en una investigación de una agencia laboral puede solicitar acción diferida por un período de hasta dos años.

4. ¿Puede un trabajador no-ciudadano que de otra manera encajaría dentro del alcance de una solicitud de discreción procesal relacionada con el trabajo descrita en estas preguntas frecuentes, pero que no desea presentar un Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, solicitar acción diferida?

Sí. Un trabajador no-ciudadano que se encuentra dentro del alcance de una investigación de una agencia laboral pero que no desea presentar un Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, puede solicitar acción diferida presentando su solicitud de acuerdo con las instrucciones generales para solicitar acción diferida.

5. ¿Puede un no-ciudadano al que se le concede acción diferida ser elegible para una autorización de empleo?

Las personas a las que se les concede la acción diferida pueden ser elegibles para la autorización de empleo bajo las regulaciones existentes en 8 C.F.R. 274a.12(c)(14), que requieren que demuestren una necesidad económica para el empleo. Los no-ciudadanos que presenten una solicitud de acción diferida a través de este proceso centralizado deben presentar simultáneamente su Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, con la tarifa correspondiente, si están solicitando autorización de empleo. Si el DHS otorga la acción diferida, entonces adjudicaremos el Formulario I-765. Tenga en cuenta que si DHS no otorga la acción diferida, no reembolsaremos ni devolveremos la tarifa del Formulario I-765. Si el solicitante no desea presentar el Formulario I-765 con su solicitud de acción diferida, puede enviar su Formulario I-765 siguiendo el procedimiento estándar de USCIS.

6. ¿Qué agencia revisará las solicitudes de acción diferida de los trabajadores no-ciudadanos?

Las solicitudes de acción diferida hechas por trabajadores no-ciudadanos que participan o son necesarios para una investigación de la agencia laboral deben enviarse a USCIS a través del punto central de admisión establecido específicamente para apoyar los esfuerzos de investigación de la agencia laboral para las solicitudes de acción diferida. USCIS revisará la solicitud, así como el historial de inmigración del trabajador, para determinar qué oficina dentro del DHS tiene autoridad sobre la solicitud. Al revisar la presentación para verificar que esté completa, USCIS solo enviará a ICE las solicitudes de acción diferida que sean presentadas por no-ciudadanos que estén en proceso de deportación o que tengan una orden final de deportación.

USCIS e ICE, según corresponda, considerarán y tomarán una determinación caso por caso de la solicitud de acción diferida, y USCIS considerará todos los Formularios I-765 relacionados, si se presentan.

7. Si la acción diferida se concede a través de este proceso, ¿cuándo termina?

Si se aprueba la acción diferida, se puede otorgar por un período de hasta dos años, sujeto a terminación en cualquier momento. El beneficiario también puede ser elegible para presentar solicitudes posteriores de acción diferida (vea la pregunta 14 a continuación), que se adjudicarán caso por caso cuando una agencia laboral proporcione una base para dicha solicitud en relación con los intereses de investigación o cumplimiento en curso de la agencia laboral.

8. ¿Qué otros beneficios de inmigración puede obtener un trabajador no-ciudadano si no se le concede la acción diferida?

Un trabajador no-ciudadano que es víctima de un delito o está sujeto a explotación por parte de un empleador sin escrúpulos y que coopera en una investigación de una agencia laboral puede ser elegible para otras formas de alivio migratorio más allá de la acción diferida, incluida la elegibilidad para una visa de no inmigrante T o U o un permiso de permanencia temporal vigente.

9. ¿Cómo puede una agencia laboral obtener más información sobre este proceso?

Los representantes de las agencias laborales pueden comunicarse con laborenforcement@dhs.gov para obtener más información sobre este proceso y solicitar asistencia técnica.

10. ¿Cuándo puede la agencia laboral distribuir la Declaración de Interés a los trabajadores para que la presenten como parte de su solicitud de acción diferida?

Las agencias laborales deben proporcionar una copia de cortesía de la Declaración de Interés a laborenforcement@dhs.gov antes de proporcionar la Declaración de Interés a cualquier trabajador.  Una vez que hayan proporcionado una copia de cortesía, las agencias laborales pueden proporcionar la Declaración de Interés al trabajador, quien debe incluir la Declaración de Interés en su solicitud de acción diferida.  Se recomienda a las agencias laborales que presenten una Declaración de Interés por primera vez o que tengan preguntas sobre el proceso que busquen asistencia técnica antes de presentarla. Para obtener ayuda, envíe un correo electrónico a laborenforcement@dhs.gov.

11. ¿Recibiré un número de Seguro Social?

Cuando presenta un Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, puede solicitar un Número de Seguro Social (SSN) en el mismo formulario. Si USCIS aprueba su solicitud para trabajar en los EE. UU. y completó la sección de la solicitud para solicitar una tarjeta SSN, entonces USCIS enviará a la Administración del Seguro Social (SSA) los datos necesarios para emitir su tarjeta SSN. Si USCIS aprueba su solicitud, recibirá dos documentos: su Documento de Autorización de Empleo (EAD), también conocido como "tarjeta I-766 de USCIS" o "permiso de trabajo", y en otro sobre su tarjeta de SSN.  La SSA enviará por correo su tarjeta de SSN a la dirección que indicó en su solicitud I-765.  Debe recibir su tarjeta de SSN a más tardar 7 días hábiles después de recibir su EAD de USCIS.

Si no recibe su tarjeta de SSN dentro de los 7 días hábiles posteriores a la recepción de su EAD, llame o visite una oficina de la SSA. Para obtener más información, consulte este folleto.

12. ¿Considerará el DHS una solicitud presentada por una agencia laboral o de empleo para acelerar la solicitud pendiente de beneficios de inmigración de un trabajador sobre la base de la necesidad de una agencia laboral?

Sí. Caso por caso, USCIS considerará una solicitud presentada por un funcionario de alto nivel de la agencia laboral o de no-ciudadano para el procesamiento acelerado de la solicitud de beneficios de inmigración pendiente de un trabajador, incluidos, entre otros, el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, presentada fuera de una solicitud de acción diferida basada en una investigación laboral bajo el proceso de admisión centralizado, Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero, U Determinación de Buena Fe, otra solicitud de beneficio de inmigración pendiente.

Si la solicitud acelerada se relaciona con la autorización de empleo, la solicitud debe demostrar una necesidad crítica y apremiante de que una persona tenga autorización de empleo. Los ejemplos incluyen, pero no se limitan a, una víctima o testigo no-ciudadano que coopera con una agencia federal, estatal o local que necesita autorización de empleo porque la agencia respectiva está buscando el pago retroactivo o la reincorporación en una acción de cumplimiento u otro procedimiento judicial.

Puede encontrar más información sobre cómo solicitar el procesamiento acelerado en la página Cómo hacer una solicitud acelerada.

13. Necesito un Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés) de reemplazo. ¿Dónde presento mi solicitud?

Para solicitar un EAD de reemplazo después de recibir una concesión de acción diferida, envíe el Formulario I-765 a:

Servicio Postal de EE. UU. (USPS) de USCIS Chicago:

USCIS
Attn: AOS
P.O. Box 805887
Chicago, IL 60680

Entregas de FedEx, UPS y DHL:

USCIS
Attn: AOS (Box 805887)
131 S. Dearborn St., 3rd Floor
Chicago, IL 60603-5517

14. ¿Puede un no-ciudadano solicitar períodos subsecuentes de acción diferida basada en una investigación o necesidad de la agencia laboral? ¿Es renovable la acción diferida basada en el interés de una agencia laboral?

Sí. Un no-ciudadano al que se le otorgue acción diferida basada en una investigación de la agencia laboral o un interés en el cumplimiento de la necesidad puede solicitar un período adicional de dos años de acción diferida cuando continúe habiendo una necesidad de la agencia laboral. Las solicitudes subsiguientes de acción diferida basadas en una investigación o necesidad de la agencia laboral deben ir acompañadas de una Declaración de Interés actualizada de la agencia laboral que explique la necesidad continua de la agencia laboral.

15. ¿Cómo puede una agencia laboral presentar una Declaración de Interés actualizada en apoyo de una solicitud posterior de acción diferida?

Una agencia laboral que tiene una necesidad continua de que los trabajadores ayuden en su investigación o enjuiciamiento de un caso, o cualquier acción de cumplimiento relacionada, puede respaldar la solicitud posterior de acción diferida de un no-ciudadano proporcionando una Declaración de Interés actualizada.  La agencia laboral debe hacer una evaluación de la necesidad continua de participación de los trabajadores y debe reevaluar el alcance de los trabajadores que necesitan protección en función de la fase del esfuerzo de cumplimiento de la agencia en ese momento.

Las agencias laborales deben proporcionar a los trabajadores esta Declaración de Interés actualizada, que debe incluirse como parte de la solicitud posterior de acción diferida del trabajador. Las agencias laborales deben presentar una copia de cortesía de la Declaración de Interés a laborenforcement@dhs.gov antes de proporcionar la Declaración de Interés a cualquier trabajador.

16. ¿Cómo solicita un no-ciudadano una renovación del período posterior de acción diferida basado en una investigación o necesidad de una agencia laboral?

Un no-ciudadano que solicita una solicitud subsecuente de acción diferida basada en una investigación o necesidad de una agencia laboral debe presentar:

  • Una solicitud por escrito firmada por el no-ciudadano que indique la base de la solicitud de acción diferida, incluida la necesidad continua de la agencia laboral o de empleo;
  • Una Declaración de Interés de una agencia laboral o de empleo dirigida al DHS que respalde la solicitud;
  • Evidencia para establecer que el trabajador se encuentra dentro del alcance especificado en la Declaración de Interés, como W-2, talones de pago, tarjetas de tiempo y/u otra evidencia documental, incluida una declaración jurada firmada para demostrar que el trabajador estuvo empleado durante el período identificado en la declaración laboral o de la agencia de empleo
  • Evidencia de cualquier factor adicional que respalde un ejercicio favorable de discreción, que puede incluir evidencia de la participación pasada del trabajador o su voluntad de participar activamente en la investigación de la agencia laboral;
  • Prueba de identidad y nacionalidad del no-ciudadano;
  • Si corresponde, cualquier documento utilizado para ingresar legalmente a los Estados Unidos y/o otra evidencia relacionada con el historial o estatus migratorio del no-ciudadano;
  • Formulario G-325A, Información Biográfica (para Acción Diferida);
  • Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, con la tarifa correspondiente o solicitud de exención de tarifas; y
  • Formulario I-765WS, Hoja de Trabajo.

Si no puede pagar la tarifa de presentación del Formulario I-765, debe presentar el Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas. Hay información adicional disponible en la página de exención de cuotas.

El no-ciudadano presentará esta solicitud al mismo punto central de admisión en USCIS establecido específicamente para apoyar los esfuerzos de investigación y cumplimiento de la agencia laboral:

USCIS
Attn: Deferred Action – Labor Investigations
10 Application Way
Montclair, CA 91763-1350

Los abogados que presentan solicitudes de acción diferida para múltiples no-ciudadanos deben presentar cada solicitud individual en su propio sobre.

USCIS referirá a ICE cualquier solicitud de acción diferida que caiga dentro de la autoridad de ICE, incluidas las solicitudes presentadas por no-ciudadanos que están en proceso de deportación o tienen una orden final de deportación.

Al igual que con cualquier solicitud de acción diferida, el DHS revisará las solicitudes de los no-ciudadanos en función de una investigación o necesidad de la agencia laboral caso por caso. DHS revisará todos los factores positivos y negativos presentes en el caso del solicitante al considerar si debe ejercer discreción para otorgar la acción diferida. La acción diferida generalmente se otorgará por un período de 2 años, sujeto a la terminación en cualquier momento a discreción del DHS.

17. ¿Cuándo puedo presentar mi solicitud subsiguiente de acción diferida?

Los no-ciudadanos deben presentar cualquier solicitud subsiguiente de acción diferida al DHS, al menos 120 días antes, pero no más de 180 días antes de la expiración del período actual de acción diferida. Antes de presentar una solicitud de renovación de la acción diferida, los no-ciudadanos deben obtener una Declaración de Interés actualizada de la agencia laboral e incluir la Declaración de Interés actualizada con la solicitud subsiguiente de acción diferida al DHS.

Tenga en cuenta que si el DHS recibe una solicitud subsiguiente de acción diferida con menos de 120 días restantes en el período inicial de acción diferida, podría haber una brecha entre los períodos de acción diferida y la autorización de empleo relacionada.

18. Si mi solicitud subsiguiente de acción diferida es concedida, ¿cuándo comenzará el nuevo período de acción diferida?

  • Si un no-ciudadano presenta una solicitud posterior de acción diferida al DHS al menos 120 días antes y no más de 180 días antes del vencimiento de su período actual de acción diferida y se concede la solicitud posterior, no-ciudadano recibirá acción diferida y autorización de empleo por un período de 2 años a partir de la fecha de vencimiento del período actual de acción diferida.
  • Si un no-ciudadano presenta una solicitud subsiguiente de acción diferida menos de 120 días antes de la expiración de su período actual de acción diferida y se concede la solicitud subsiguiente, puede haber una brecha entre los períodos de acción diferida y la autorización de empleo relacionada.
  • Si un no-ciudadano presenta una solicitud subsiguiente de acción diferida después de la fecha de vencimiento de su período actual de acción diferida y se concede la solicitud subsiguiente, habrá un lapso en la duración de su período de acción diferida y la autorización de empleo relacionada.  En tales casos, no-ciudadano recibirá acción diferida y autorización de empleo por un período de 2 años a partir de la fecha de concesión de la nueva solicitud.

19. ¿Los no-ciudadanos que soliciten acción diferida basada en una investigación de la agencia laboral a través de este proceso serán referidos a ICE para una acción de cumplimiento?

A través del proceso centralizado, USCIS enviará a ICE solo aquellas solicitudes de acción diferida de no-ciudadanos que ya están en proceso de deportación o que tienen una orden final de deportación, para que ICE pueda considerar la solicitud de acción diferida. Todas las demás solicitudes serán procesadas por USCIS. De acuerdo con las politicas aplicables a todas los procesos de USCIS, USCIS generalmente no remite casos a ICE después de la decisión a menos que existan preocupaciones de seguridad nacional, seguridad pública y seguridad fronteriza.

Last Updated: 02/12/2024
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