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Hoja Informativa: Medidas Implementadas por DHS en la Frontera para Limitar la Propagación Más Allá del Coronavirus

Fecha de lanzamiento: 19 de octubre de 2020

In English

Fechas actualizadas:  21 de abril del 2020, 20 de mayo del 2020, 16 de junio del 2020, 16 de julio del 2020, 14 de agosto del 2020, 22 de octubre del 2020
Fecha original:  23 de marzo de 2020

Con el fin de limitar la propagación del coronavirus, los EE. UU. han pactado acuerdos con Canadá y con México para limitar los viajes no esenciales a través de las fronteras. El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) está trabajando estrechamente y en colaboración como parte del enfoque norteamericano destinado a frenar la propagación del virus.

Además, la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) ya no detendrá a los inmigrantes ilegales en nuestros centros de detención y enviará inmediatamente a estos extranjeros al país desde el cual llegaron – Canadá o México. En el caso de que tal regreso no sea posible, CBP enviará a estos extranjeros a su país de origen.

Estas medidas se implementaron originalmente el 20 de abril del 2020 y se han extendido en incrementos de 30 días durante el transcurso de la pandemia COVID-19. El 20 de abril del 2020, estas medidas se prorrogaron por 30 días más; el 19 de mayo del 2020 estas medidas se prorrogaron hasta el 22 de junio del 2020; el 16 de junio del 2020, estas medidas fueron nuevamente prorrogadas hasta el 21 de julio del 2020; y el 16 de julio del 2020 estas medidas fueron prorrogadas hasta el 20 de agosto del 2020. El 14 de agosto del 2020, se tomó la decisión de continuar con estas medidas hasta el 21 de septiembre del 2020. El 18 de septiembre del 2020, estas medidas fueron extendidas nuevamente hasta el 21 de octubre del 2020. El 19 de octubre del 2020, estas medidas fueron extendidas nuevamente hasta el 21 de noviembre del 2020.

Los gobiernos de los EE. UU., México, y Canadá están tomando en conjunto las medidas necesarias para luchar contra esta pandemia.

La Frontera Norte

Los Estados Unidos y Canadá están limitando, de manera temporal, todo viaje no esencial a través de sus fronteras a partir del 21 de marzo.   La actividad comercial esencial NO será afectada y seguiremos manteniendo una cadena de suministros económica fuerte y segura. Los dos gobiernos implementan las medidas para evitar la propagación más allá del coronavirus. | Tipos de Viajes Suspendidos: Turismo, Recreacional | Tipos de Viajes que no Serán Afectados: Comercio Esencial, Comercio/Viajes Esenciales
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La frontera terrestre entre los EE. UU. y Canadá sirve como un motor económico que genera más de $1.7 mil millones (USD) dólares en comercio trasfronterizo cada día. Como resultado de la pandemia del COVID-19, los Estados Unidos y Canadá están limitando, de manera temporal, todos los viajes no esenciales a través de sus fronteras. En nuestros países, estamos recomendando que las personas que ejerzan precauciones y eviten contacto innecesario con otros. Esta medida colaborativa y recíproca es una extensión de ese enfoque prudente.

Los viajes "no esenciales" incluyen los viajes que son de naturaleza turística o recreacional.

Los Estados Unidos y Canadá reconocen que es sumamente importante preservar las cadenas de suministros entre los dos países. Estas cadenas de suministros aseguran que los alimentos, el combustible, y los medicamentos vitales lleguen a las personas en los dos lados de la frontera. Las cadenas de suministros, incluyendo los camiones, no serán afectadas por esta nueva medida. Los estadounidenses y los canadienses también cruzan la frontera terrestre todos los días para realizar trabajos esenciales o por otros motivos urgentes o esenciales, y esos viajes no serán impactados.

Esta decisión será implementada el día 21 de marzo de 2020, cuando los EE. UU. y Canadá limitarán, de manera temporal, todos los viajes no esenciales a través de la frontera terrestre entre los EE. UU. y Canadá. Esta medida será vigente por 30 días, en cual momento las partes la revisarán de nuevo. El 14 de agosto del 2020, estas medidas fueron prorrogadas nuevamente hasta el 21 de septiembre del 2020. El 18 de septiembre del 2020, estas medidas fueron extendidas nuevamente hasta el 21 de octubre del 2020. El 19 de octubre del 2020, estas medidas fueron extendidas nuevamente hasta el 21 de noviembre del 2020.

La Frontera Sur

Los Estados Unidos y México están limitando, de manera temporal, todo viaje no esencial a través de sus fronteras a partir del 21 de marzo.  La actividad comercial esencial NO será afectada y seguiremos manteniendo una cadena de suministros económica fuerte y segura. Los dos gobiernos implementan las medidas para evitar la propagación más allá del coronavirus. | Tipos de Viajes Suspendidos: Turismo, Recreacional | Tipos de Viajes que no Serán Afectados: Comercio Esencial, Comercio/Viajes Esenciales
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La colaboración fuerte y cooperación estrecha entre los Estados Unidos y México nos han permitido mantener un ambiente productivo en la frontera. Valoramos la salud y seguridad de nuestros ciudadanos, y éstas forman la base de las decisiones conjuntas que nuestros líderes respectivos toman en cuanto a las operaciones transfronterizas.

Reconocemos la relación de comercio robusta que existe entre los Estados Unidos y México, y acordamos que nuestros dos países, en respuesta a la situación actual de salud a nivel global y regional, exigen medidas específicas tanto para proteger el comercio bilateral y las economías de nuestros países como para asegurar la salud de los ciudadanos de nuestras naciones. Acordamos que existe la necesidad para un esfuerzo conjunto y dedicado para evitar la propagación del virus COVID-19 y abordar los efectos económicos que resultan de la movilidad reducida en nuestra frontera compartida.  

Los gobiernos de los Estados Unidos y de México además reconocen que los servicios críticos como los alimentos, combustible, atención médica, y medicamentos vitales deberán llegar cada día a las personas que se encuentran en ambos lados de la frontera. Por tanto, los viajes esenciales deberán seguir sin impedimentos durante este período.  Para asegurar que los viajes esenciales puedan continuar, los Estados Unidos y México también están limitando, de manera temporal, todos los viajes no esenciales a través de sus fronteras.

Los viajes "no esenciales" incluyen los viajes que son de naturaleza turística o recreacional. Además, recomendamos a las personas que ejerzan precauciones y eviten contacto innecesario con otros.

Esta iniciativa colaborativa y recíproca es una extensión del enfoque prudente de nuestras naciones que valora la salud y seguridad de nuestros ciudadanos en las decisiones conjuntas que nuestros líderes respectivos toman en cuanto a las operaciones transfronterizas.

Esta iniciativa conjunta comenzará a las 00:01 el sábado 21 de marzo a lo largo de la frontera terrestre entre los EE. UU. y México por un período de 30 días y quedará sujeta a extensión luego de una revisión. El 14 de agosto del 2020, estas medidas fueron prorrogadas nuevamente hasta el 21 de septiembre del 2020. El 18 de septiembre del 2020, estas medidas fueron extendidas nuevamente hasta el 21 de octubre del 2020. El 19 de octubre del 2020, estas medidas fueron extendidas nuevamente hasta el 21 de noviembre del 2020.

Instalaciones de Detención

CBP es la primera línea de defensa para las fronteras de nuestra nación. Para ayudar a evitar que el COVID-19 se introduzca en nuestras instalaciones fronterizas y en nuestro país, los extranjeros que son sujetos a la orden no serán detenidos en áreas comunes para ser procesados por CBP. En lugar de ello, éstos serán rechazados en los puertos de entrada.

Aquellos que se encuentran entre los puertos de entrada después de haber cruzado la frontera de manera ilegal tampoco serán detenidos en áreas comunes para ser procesados y, en lugar de ello, en la máxima medida factible, serán enviados inmediatamente al último país de tránsito. Estos extranjeros son procesados en estaciones diseñadas para procesamiento de corto plazo, donde el distanciamiento no es una opción viable, lo cual genera un peligro grave de un brote.

Los Centros para el Control y la Prevención de las Enfermedades de los EE. UU. (CDC, por sus siglas en inglés) han determinado que tales condiciones representan un reto serio para el control de infecciones y son un riesgo para la salud pública. De ocurrir un brote en estas instalaciones, las instalaciones médicas locales tendrían que dedicar grandes recursos y podrían llegar a abrumarse.   

Esta medida también protegerá la salud de los agentes fronterizos dedicados de nuestro país y otros agentes del orden público, quienes son vitales para la seguridad de nuestra Nación.

La aprehensión de los inmigrantes ilegales a lo largo de las dos fronteras entre los POE:

Los Migrantes de las Áreas Afectadas por el Coronavirus: Desde el comienzo del año fiscal FY20 en octubre de 2019 hasta fines de febrero de 2020 (el período del 1.o de octubre de 2019 al 29 de febrero de 2020), se han aprehendido o negado la entrada (inadmisible) a extranjeros de 122 países distintos en la frontera Sudoeste de los EE. UU., para un total de más de 190,000 migrantes aprehendidos o inadmisibles de países que tienen actualmente casos confirmados del COVID.

Tamaño y Escala: Cada semana, CPB aprehende entre 7,000 – 9,000 personas entre los puertos de entrada, que equivale a 2.5 cruceros Diamond Princess por semana.

La Propagación de persona a persona: La propagación del coronavirus se ve exacerbada por la transmisión de persona a persona y la necesidad de detención. Las instalaciones del orden público de CBP son para detenciones de corto plazo y no pueden proveer el aislamiento, diagnóstico, o tratamiento a gran escala que son necesarios para una enfermedad tan novedosa.

Las Instalaciones de CBP: Las instalaciones de CPB no cuentan con la estructura o el equipo para poner en cuarentena de manera eficaz a una población infectada. CPB se vería obligada a depender de los hospitales estatales y locales para la provisión de servicios médicos de más largo plazo para las personas que se enferman, imponiendo una carga adicional a nuestro sistema médico y privando a los estadounidenses de recursos médicos claves.

Aunque CBP tiene políticas y procedimientos para manejar las enfermedades transmisibles, el COVID-19 impactará las capacidades de detención ya abrumadas e impondrá una carga extrema en lo que se prevé que será un sistema médico sobrecargado y los profesionales médicos críticos del país que se necesitan para atender a los ciudadanos y residentes legales de los EE. UU.  

Los migrantes deberían refugiarse en el lugar en sus hogares y sus comunidades, en vez de intentar hacer el viaje largo y peligroso a los Estados Unidos en manos de traficantes y contrabandistas.

Ciudadanos de los EE. UU.:

Los ciudadanos de los EE. UU., residentes legales permanentes, y ciertos otros viajeros quedarán exentos de esta medida. Éstos recibirán el mismo procesamiento, evaluación, y posible control médico de los CDC que reciben todas las personas que entran por los Puertos de Entrada de los EE. UU.

Autoridad:

A partir del 21 de marzo de 2020 a las 12:00 a.m. EDT, CBP, según su autorización, implementará la autoridad de los CDC de acuerdo con 42 U.S.C. § 265 para prohibir el ingreso de ciertas personas a los Estados Unidos. CBP ayudará al Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS, por sus siglas en inglés) y los Centros para el Control y la Prevención de las Enfermedades de los EE. UU. (CDC, por sus siglas en inglés) para proteger contra la propagación del nuevo coronavirus (COVID-19) mediante la implementación de las autoridades de emergencia conforme con 42 U.S.C. § 265 en las fronteras terrestres del país para prohibir el ingreso de ciertas personas en interés de la salud pública.

Información Adicional

Last Updated: 11/03/2023
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